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Fondo especial para investigaciones – INS

Fondo especial para investigaciones – INS Contrato No. 051 del -2023

El Fondo Especial para Investigaciones - FEI es una cuenta especial dentro del presupuesto del Instituto Nacional de Salud, de la cual su administración se ejercerá en los términos que determine el reglamento, de conformidad con la Ley 29 de 1990 y con las demás normas que le sean aplicables.

El FEI estará bajo la administración del Director(a) General del Instituto Nacional de Salud, por medio de la constitución de un Patrimonio Autónomo mediante contrato de Fiducia Mercantil; en el cual el INS es el único Fideicomitente y Beneficiario del 100% de los derechos fiduciarios.

Dentro del Patrimonio Autónomo constituido con la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. – FIDUCOLDEX se administrarán los recursos aportados por el Instituto Nacional de Salud y las diferentes entidades nacionales e internacionales en condición de donaciones y de cooperación, con el fin de financiar los programas, proyectos y actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, en cumplimiento al objeto del INS.

CONSTITUCION DEL PATRIMONIO: El catorce (14) de noviembre del 2023, se suscribió vía SECOP II el Contrato de Fiducia Mercantil No. INS-LP-369-2023 (051-2023 para FIDUCOLDEX), suscrito entre el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD y la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. – FIDUCOLDEX.

La vigencia del Contrato referenciado anteriormente es por cinco (5) años, contados desde la finalización del empalme, lo cual, constara en Acta de Inicio, y su suscripción corresponde al cumplimiento del artículo 4 de la Ley 1797 de 2016 en donde dispone que El Fondo Especial de Investigaciones será administrado por el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD como patrimonio autónomo y sus recursos se ejecutarán a través de un contrato de fiducia mercantil (FEI-INS).

En consecuencia de lo anterior, toda la contratación derivada y la totalidad de los negocios jurídicos celebrados o en los que fuera parte el FONDO ESPECIAL PARA INVESTIGACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD, que se encuentren vigentes o en proceso de liquidación y que se hubiese celebrado en vigencia del Contrato de Fiducia Mercantil No. INS-SAMC-151-2021 (012-2021 para FIDUCOLDEX), serán administrados y continuarán siendo ejecutados bajo la administración del Contrato de Fiducia Mercantil No. INS-LP-369-2023 (051-2023 para FIDUCOLDEX) con el cual se representa, administra y ejecuta los recursos del FONDO ESPECIAL PARA INVESTIGACIONES – FEI¸ sin que exista solución de continuidad en los negocios jurídicos, ni se entienda que exista cesión o modificación alguna en los negocios jurídicos celebrados por el Fondo.

PATRIMONIO AUTÓNOMO - FONDO ESPECIAL PARA INVESTIGACIONES – INS -2023

OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del Contrato es representar, administrar y ejecutar los recursos del Fondo Especial para Investigaciones – FEI, con el fin de coadyuvar la financiación de planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo científico, y canalizar aportes y donaciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, así como otorgar estímulos a la productividad del personal científico-técnico del INS.

NATURALEZA: El Contrato es un contrato de fiducia mercantil, el cual se encuentra sujeto a la jurisdicción de Colombia y es regulado principalmente por la Ley 1286 de 2009, la Ley 2162 de 2021, el Código de Comercio, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, en concordancia con las disposiciones aplicables del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y sus normas reglamentarias. Igualmente, la ejecución del referido contrato se sujetará a lo previsto en el Manual Operativo aprobado por el Comité Fiduciario.

RECURSOS: A través del Patrimonio Autónomo que se constituye en virtud del correspondiente contrato se administran los recursos del Fondo Especial para Investigaciones - FEI, los cuales están constituidos por los bienes fideicomitidos y por los demás recursos que a él ingresen; los recursos que sean transferidos al FIDEICOMISO durante la vigencia del Contrato, a título distinto de aportes fiduciarios, son considerados como ingresos para terceros, de conformidad con las instrucciones que al respecto indique El INSTITUTO NACIONAL DE SALUS – INS, en calidad de único FIDEICOMITENTE.