Fondo para la vida y la Biodiversidad
El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD es un Patrimonio Autónomo adscrito al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con régimen de derecho privado, creado en los términos del artículo 223 de la Ley 1819 de 2016, modificado por el artículo 49 de la Ley 2277 de 2022, además de las disposiciones del artículo 33 de la Ley 1931 de 2018, modificado por el artículo 262 de la Ley 2294 de 2023 y el 196 de la Ley 2294 de 2023 y demás normas que los modifiquen, desarrollen o reglamenten, así como para la administración de sus recursos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.9.13.2.3. del Decreto 1648 de 2023, el FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD tiene por objeto: “articular, focalizar y financiar la ejecución de planes, programas y proyectos, de índole nacional o territorial, encaminados a la acción y resiliencia climática, la gestión ambiental, la educación y participación ambiental y la recuperación; conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y la biodiversidad, así como al cumplimiento de las finalidades establecidas para el Impuesto Nacional al Carbono en el inciso primero del artículo 223 de la Ley 1819 de 2016 y las establecidas para los recursos generados a favor de la Nación, provenientes de la implementación del Programa Nacional de Cupos Transables de Emisiones -PNCTE, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 1931 de 2018”.